El mandatario entrerriano insistirá para intentar revertir el criterio que hace ocho años impidió consultar al electorado, por la reforma constitucional en el marco de una elección legislativa.
El esquema es este: el Gobierno quiere reformar la Constitución Provincial para conseguir, entre otras cosas, la posibilidad de la reelección de Jorge Busti en 2007. Pero ocurre que no logra sancionar en la Legislatura provincial la ley que declare la necesidad de la reforma: tiene la mayoría especial de dos tercios en el Senado, pero para conseguirlos en Diputados necesita del voto de al menos cuatro legisladores de la oposición.
Como la UCR, el Nuevo Espacio y La Red se oponen a la reforma, el Gobierno ha convocado a una consulta popular a fin de ejercer presión sobre los diputados de estas bancadas con lo que, supone, será un amplio respaldo al Sí por la reforma.
Con ese fin, el oficialismo sancionó una ley de consulta popular, que da marco legal a la convocatoria efectuada para el 23 de octubre. Esa ley ordenaba que el voto debía ser obligatorio cuando, como en este caso, se consulte por la reforma. Pero la inconstitucionalidad de esa disposición era tan manifiesta (la Constitución Nacional es taxativa en cuanto a que no puede ser obligatorio el voto para una consulta que no es, ni podría serlo, vinculante) que provocó una marcha atrás: hace diez días los mismos senadores y diputados del oficialismo cambiaron la ley y le quitaron la obligatoriedad del voto. En consecuencia, votar por el Sí o por el No a la reforma será voluntario.
Pero ¿se puede afirmar hoy que el 23 de octubre habrá consulta popular? Todavía no. Falta el permiso de la autoridad electoral, que se debe tramitar esta semana, antes del 23 de agosto, cuando falten 60 días para la elección. En eso está trabajando por estas horas personal técnico de la Secretaría de Justicia, Fiscalía de Estado, Ministerio de Gobierno y Senado.
OTRO COLOR.
La pregunta que falta responder es si el 23 de octubre se podrá hacer por primera vez en Entre Ríos una consulta voluntaria en el marco de los comicios, de voto obligatorio, en los que se eligen diputados nacionales. En 1997, la Cámara Nacional Electoral dijo que no se podía. Ese año, como ahora, el gobernador era Jorge Busti que, como ahora, pretendía consultar por la reforma constitucional.
Antes del 23 de agosto, el Gobierno provincial debe hacer dos trámites administrativos: comunicarle al Ministerio del Interior y pedir autorización a la Cámara Nacional Electoral para realizar la consulta. En este último escrito, el Gobierno pretende demostrar a la autoridad electoral que las condiciones son distintas a las de ocho años atrás.
El argumento central que se pretende derribar es el de la confusión que puede provocar en el electorado esta simultaneidad de elecciones y consulta.
Para ello se explicará que la consulta se hace en urnas, sobres y boletas separadas que se identificarán con un color a determinar para distinguirlas de la elección de diputados
OPOSICIÓN.
Hasta ahora, se tiene sólo al oficialismo militando el Sí, pero no hay fuerza política que proponga un voto por el No a la reforma. Lo que han hecho los partidos de la oposición es criticar la consulta tal como la plantea el Gobierno: como un instrumento de presión política para conseguir los dos tercios en la Cámara de Diputados.
La simultaneidad de elecciones y consulta, así dispuesta, en una misma mesa, evita que la oposición pueda boicotear la consulta, por ejemplo, retirando sus fiscales. Eso hubiera sido posible si se hacía la consulta en forma separada, como se había pretendido en un principio, a la elección general o si se hubiera dispuesto una mesa separada para pedirle opinión el electorado.
Sin fiscales, la oposición podría haber puesto en dudas los números de la consulta. En cambio, si es autorizada, el 23 de octubre la consulta se hará con autoridades de mesa designadas por la Justicia Electoral, que se encargará de escrutar los votos por el Sí y por el No.
DE HECHO
Además de explicar cómo se piensa evitar la confusión del electorado en la instrumentación de la consulta, el Gobierno mencionará a la Cámara Nacional Electoral los antecedentes que en estos ocho años se produjeron en la materia. Se recurrirá también al derecho comparado y específicamente se mencionarán casos como el de las últimas elecciones presidenciales de Estados Unidos, donde 39 estados aprovecharon la estructura comicial para realizar un plebiscito o referendum sobre diversos temas.
El argumento de la economía de recursos que contiene la simultaneidad, se refuerza con una razón fáctica: nunca en Entre Ríos se ha hecho una elección provincial en forma separada a una nacional, porque no hay una estructura montada para ello; siempre que se ha elegido gobernador, legisladores, intendentes y concejales se lo ha hecho en conjunto con elección de presidente y/o legisladores nacionales, lo que ha dado intervención a la autoridad electoral nacional.
Eso sí, siempre se ha hecho una elección provincial junto a una elección nacional y nunca una consulta provincial junto a una elección nacional.