La sentencia la dictó un tribunal ad hoc, integrado por Ricardo Mulone, Claudia Frenkel y José Lino Churruarín, quienes por unanimidad fallaron a favor del Instituto.
“En otros amparos que presentamos eran los mismos jueces los que decidían sobre su desafiliación, pero a partir de la ley provincial que dispone que los jueces no pueden decidir sobre sus remuneraciones y cuestiones relacionadas a su desempeño, se conformó el tribunal con abogados y así obtuvimos la sentencia favorable”, aseguró Gabriel Molina, asesor legal de la institución. En ese sentido, apuntó que “la Justicia hace lugar al amparo y no autoriza a que se desafilien. También ordenó librar un mandamiento para que en cinco días hábiles administrativos se proceda a retenerle nuevamente el aporte a los funcionarios y magistrados del Poder Judicial”.
Este amparo comprende a 62 magistrados y, además, hay otras cuatro acciones promovidas. Se estima que en total serían 108 los que deberán volver a aportar al IOSPER.
Molina expresó que “el fallo es muy justo, porque implica el respeto al principio de justicia distributiva que consagra el sistema de la obra social, lo que significa que quienes más ganan, más deben aportar, y los que menos ingresos tienen, menos aportan”. El abogado de la obra social explicó que una acordada es una medida administrativa interna del Poder Judicial “que nunca puede estar en contra de una ley provincial, porque es una norma de categoría jurídica inferior”.