El oficialismo propone internas abiertas, simultaneas y obligatorias

Con la convocatoria a internas abiertas en forma simultánea y obligatoria para todas las fuerzas políticas se pretende adoptar en Entre Ríos el modelo de las elecciones primarias. Es decir, que en la selección de los candidatos que los partidos políticos presenten para los comicios generales participe la totalidad de la población habilitada para votar. Al mismo tiempo, se busca asegurar que todo partido que pretenda participar de la elección general tenga definido su candidato en el mismo momento de tal manera que, pasada la fecha de las internas obligatorias y simultáneas, los candidatos sean los elegidos en las primarias y no otros. De este modo se evitaría una práctica observada con frecuencia en los últimos procesos electorales: que el precandidato que pierde la interna en el partido “A” se presenta como candidato del partido “B”. Con esta nueva normativa esto no es posible, dado que el partido “B” debe oficializar sus candidatos en el mismo momento que el partido “A”.
Otro efecto importante de la iniciativa es que abre la participación de la minoría, con porcentajes mínimos, en las juntas de Gobierno, donde actualmente no se prevé la posibilidad de que haya más de dos listas, porque en los cuerpos colegiados de siete miembros, el ganador lleva cuatro cargos y el que pierde tres. Este sistema prevé un sistema de distribución proporcional de cargos.
La obligatoriedad es el punto que puede generar mayor discusión, dado que todas las fuerzas políticas se han manifestado a favor de las internas simultáneas en los últimos años. Pero en el proyecto Castrillón las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias son concebidas como una “carga pública” para los ciudadanos habilitados para votar por el padrón general de la provincia, por lo que deberían corresponderles las mismas sanciones que previene la ley de la materia a quien no concurra a votar sin causa justificada.
No obstante, se contempla la posibilidad de que un votante quede eximido de esa obligación siempre que “comunique en forma fehaciente su voluntad de no participar”. Lo importante aquí es que esa voluntad se comunica a todos los partidos y ese votante no puede sufragar, y de este modo, su documento no puede ser utilizado por otro votante.
Es que el núcleo de la simultaneidad de las internas está en el registro que se hace del voto en el documento de identidad del elector que, de este modo, no puede sufragar más que por un precandidato de un determinado partido, es decir, incidir sólo en la interna de un partido.
Actualmente, un elector de los denominados “independiente”, esto es, un no afiliado a ningún partido, puede participar en todas las internas abiertas que quiera. Sin embargo, el principio, bienvenido para el concepto de mayor apertura y participación, se vio en los hechos muchas veces tergiversado cuando los aparatos partidarios generaron un indigno paliativo para el crónico problema de empleo que sus gobiernos supieron generar: el “trabajo de independiente”, usado por determinados punteros barriales como paquete negociador de sus intereses políticos.

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