La defensa de Montiel trato de evitar el procesamiento argumentando que el ex gobernador “no pudo tomar conocimiento” de la orden del juez Barbagelata por “no haber sido notificado personalmente” con lo que no se le debía procesar por desobediencia de una orden que “efectivamente” no conocía.
Sin embargo la cámara termina procesando definitivamente a Montiel por entender que la orden de Barbagelata fue contestada por su colaborador en el ministerio, Dr. Fermín Garay – en ese momento Ministro de Gobierno y Economía- el día 10 de noviembre de 2003 y “sin duda alguna, ya con anterioridad a ese momento Montiel conocía la orden en cuestión”.
Ahora, uno de los jueces correccionales deberá someter a juicio al ex mandatario sobre el cual pesan, con ésta, dos causas tipificadas en código penal: Una por “desobediencia judicial” que prevé de 15 días a 1 año de prisión condicional y “abuso de autoridad” por la no publicación del veto que dejaba de lado la cobranza de impuestos provinciales por parte del Banco de Entra Ríos para lo cual el Código Penal establece de 1 mes a 2 años de prisión condicional con el aditamento de la inhabilitación especial para ocupar cargos públicos por el doble de tiempo, lo que complicaría alguna aspiración política de Montiel. El único paso que evitaría el juicio sería la aplicación de la Probation.