El diputado Osvaldo Fernández quiere incluir al sector rural en la moratoria

En su artículo 1º, el proyecto dice textualmente :” Modifícase el artículo 15º. de la Ley No. 9576, que quedará redactado de la siguiente forma: “Dispónese la eximición parcial de los impuestos Inmobiliario de las Plantas 1,2,3,4,5,6 y 7, y a los Automotores, a los contribuyentes y responsables que al 31/12/03 estuvieren al día con sus respectivas obligaciones fiscales. La condonación será del importe de la última cuota del período 2004 o primera del 2005 si aquella estuviera pagada”.
En los fundamentos, el diputado explica que “La Ley 9576 estableció un régimen especial de regularización y facilidades de pago de las deudas por tributos administrados por la Dirección General de Rentas vencidos al 31/01/04. Dicha ley fue reglamentada por Decreto No. 3094/MEHF y por Resolución No. 130/2004 D.G.R.
En el artículo 15º. de la Ley 9576 se determinó un beneficio especial para los contribuyentes que se encuentren al día con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en los Impuestos Inmobiliario y Automotores.
Por una omisión se dejó fuera del beneficio a los contribuyentes de las Plantas 6 y 7 del Impuesto Inmobiliario que corresponden al Sector Rural. En consecuencia, sin perjuicio de las facultades del Poder Ejecutivo para salvar tal error en el marco de las facultades que le otorga la Ley 9576, corresponde enmendar aquella falta, modificando el mencionado artículo. Por ello, se solicita la aprobación del presente proyecto de ley, teniendo en cuenta, asimismo, las declaraciones públicas de diversos sectores políticos admitiendo el citado defecto”.
Por otra parte, el legislador adelantó a El Día que esta semana presentará una sugerencia al Poder Ejecutivo a fin de facilitar el pago de los tributos devengados este año para quienes quieren ingresar a la Moratoria que se ha establecido para las deudas existentes hasta el 31-12-03, con la exigencia de estar al día con los impuestos vencidos durante el 2004.

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