“Lo que queremos es que la información a la que accede sea se sana y sirva para su formación. Que no tenga sexo deformado, racismo, violencia o información sobre drogas que puede recibir”señaló López Bernis. Durante las semanas previas a la sanción, la concejal se había reunido con los propietarios de los cibercafés y con entidades intermedias, a fin de recabar información sobre el tema.
La norma en cuestión exige en su artículo primero que en todas las computadoras que estén a disposición de los menores se deben instalar y activar filtros que impidan el acceso a páginas pornográficas, racistas y/o violentas.
En caso de tener a disposición juegos en red, se debe respetar la edad mínima que los fabricantes de los juegos establecen de los menores que quieran acceder a ellos. En cuanto al espacio físico, se debe contar con un metro cuadrado por cada computadora, planos de instalaciones, etc.
Como requisitos de habilitación, la ordenanza señala que se deberán acreditar documentación que acredite la propiedad de las computadoras, amén de contar con la habilitación municipal respectiva. En cuanto a las exigencias de funcionamiento aparecen: mobiliario que permita una fácil circulación, ventilación adecuada, sanitarios, certificado de seguridad expedido por los Bomberos, puerta de entrada y salida amplia, sistema de iluminación de buena intensidad, protectores de pantalla y dispositivos de seguridad por eventuales problemas eléctricos.
Horarios
Los menores de 15 años de edad “podrán ingresar de 8 a 22 horas”. Para menores de 18, la permanencia podrá estirarse hasta las 24 hs. Hasta las 2 de la mañana solo podrán permanecer los viernes, sábados y vísperas de feriados. Queda prohibida la venta de alcohol.
En cuanto a las sanciones, se establece una escala que va desde apercibimiento hasta la clausura (incluso definitiva dada la gravedad del caso), pasando por la contraprestación de servicios, trabajos comunitario y multas.