Específicamente se recuerda que esta expresamente prohibido el fraccionamiento y expendio a granel de Alimentos Dietéticos ( o alimentos para regímenes especiales), los cuales deben poseer su rótulo reglamentario.
Además, se hace saber a los comerciantes de Productos Alimenticios (almacenes), que los subproductos cárnicos que comercialicen ( chorizos, salchichas frescas, morcillas, hamburguesas, milanesas, etc.) deberán expenderse debidamente rotulados.